Recursos Laborales

Igualdad de Oportunidades para Prosperar: Cobertura de Reembolsos, Impuestos / SSN / ITIN, Seguridad Alimentaria y Programas de Acceso a Alimentos

A estas alturas, probablemente haya escuchado sobre los diferentes beneficios de ayuda de emergencia que ofrece el gobierno, incluidos los programas de control de estímulo COVID-19 y asistencia alimentaria. En esta publicación de blog, explicaremos cómo el estado de inmigración afecta su elegibilidad para estos programas.

 Su elegibilidad para beneficios federales a menudo depende de si tiene un Número de Seguro Social (SSN) o un Número de Identificación de Contribuyente Individual (ITIN). El SSN se entrega a personas con ciudadanía estadounidense, residencia permanente o autorización de trabajo que les permite trabajar en los Estados Unidos. El ITIN, por otro lado, se otorga a las personas que pagan impuestos sobre la renta al gobierno de los Estados Unidos pero que no califican para el SSN, incluidos los trabajadores indocumentados.

DESAFORTUNADAMENTE, SOLO LOS RESIDENTES QUE VIVEN EN LOS ESTADOS UNIDOS CON UN SSN VÁLIDO PUEDEN RECIBIR EL CHEQUE DE ESTÍMULO.

Para ser elegible para la verificación de estímulo, debe tener un SSN válido. Si está casado y presenta sus impuestos conjuntamente, ambos deben tener un SSN para calificar (es decir, si tiene un SSN pero su cónyuge tiene un ITIN, no recibirá el cheque de estímulo). La única excepción a esta regla es si uno o ambos cónyuges sirvieron en el ejército durante el último año; si este es el caso, puede recibir la verificación de estímulo incluso si ambos tienen ITIN.

Los solicitantes de DACA y TPS son elegibles siempre que tengan autorización de trabajo y un SSN. Si eres un dreamer, asegúrate de estar atento al reembolso. Si aún no ha presentado sus impuestos para este año, el IRS analizará los impuestos del año pasado. Si tampoco presentó el año pasado, pero recibe seguro social y / u otros beneficios, aún debe calificar para el reembolso.

LA CANTIDAD PARA LA QUE ES ELEGIBLE DEPENDE DE SU NIVEL DE INGRESOS, Y NO AFECTARÁ SU CAPACIDAD DE RECIBIR OTROS BENEFICIOS DEL GOBIERNO.

El pago máximo es de $ 1,200 para un individuo, $ 2,400 para una pareja y $ 500 para un niño. Las personas con un ingreso inferior a $ 75,000 y las parejas casadas con un ingreso inferior a $ 150,000 califican para el monto total. Si su ingreso excede esto, la cantidad que recibe se reduce.

La verificación de estímulo no es un ingreso imponible, y no se contará como ingreso al calcular su elegibilidad para beneficios como TANF, SNAP y Medicaid.

 ¿NECESITAS MÁS AYUDA? EL IRS OPERA CENTROS QUE PUEDEN AYUDARTE A NAVEGAR ESTE PROCESO.

El programa VITA ofrece ayuda tributaria gratuita a personas con un ingreso de menos de $ 56,000, personas con discapacidades o personas con dominio limitado del inglés. Hay tres lugares en la ciudad de Nueva York, que puedes encontrar aquí.

MIENTRAS QUE SNAP ESTÁ DISPONIBLE SOLO PARA RESIDENTES DOCUMENTADOS, VARIOS PROGRAMAS DE ASISTENCIA ALIMENTARIA NO Toman en Cuenta EL ESTADO DE INMIGRACIÓN.

Por ejemplo, las despensas de alimentos, los programas de nutrición infantil, las comidas escolares y WIC no tienen requisitos de inmigración y no pedirán ver su identificación. Puede consultar nuestro artículo anterior sobre despensas de alimentos aquí para averiguar dónde puede ubicarlos. 

Hay dos programas de asistencia alimentaria que las personas pueden usar durante la crisis de COVID-19: el EBT pandémico (P-BET) y el Programa de asistencia nutricional complementaria para desastres (D-SNAP). P-EBT, que proporciona una tarjeta EBT, ofrece recursos nutricionales a las familias que pierden el acceso a comidas escolares gratuitas o de precio reducido. D-SNAP ofrece beneficios de reemplazo para los hogares que califican para SNAP y la pérdida de alimentos debido a un desastre natural como COVID-19. D-SNAP no tiene restricciones de inmigración.

P-EBT no se considera en una prueba de carga pública.

Qué tipos de beneficio de COVID-19 hay?

Debido a la pandemia de COVID-19, millones de personas están luchando con el desempleo en este momento. Muchas personas recientemente desempleadas califican para varios beneficios gubernamentales. En esta publicación de blog, analizaremos los beneficios disponibles y las calificaciones necesarias. 

Desafortunadamente, los trabajadores sin papeles no son elegibles para el seguro de desempleo.

Los trabajadores deben tener autorización de trabajo en el momento en que reciben beneficios y durante todo el tiempo que trabajaron. Según el departamento de trabajo (DOL), solo los "extranjeros calificados" son elegibles para beneficios financiados por el gobierno federal. Este grupo incluye:

  • Residentes permanentes legales

  • Refugiados

  • Asilados

  • Personas a las que se les retiene la expulsión

  • Libertad condicional por más de un año.

  • Inmigrantes cubanos/haitianos

  • Ciertos sobrevivientes de violencia domestica

2. Las personas que no califican para el seguro de desempleo pueden recibir la asistencia de desempleo pandémico (pua) bajo la ley de cuidados.

PUA brinda hasta 39 semanas de beneficios de desempleo a algunas personas que no califican para el seguro de desempleo, incluidas aquellas que han agotado todos sus derechos al seguro de desempleo. La cantidad de beneficios de PUA que recibirá se basa en sus ingresos anteriores informados. Los beneficios de PUA no pueden ser más que la tasa de beneficio semanal máxima del estado para la compensación regular por desempleo, que es de $ 504.00 en el estado de Nueva York.

El período de 39 semanas de PUA se puede contar de manera retroactiva para comenzar el 27 de enero. Los trabajadores que no califican para el seguro de desempleo, incluidos los trabajadores independientes, los trabajadores a tiempo parcial y los trabajadores con historial salarial insuficiente, pueden calificar. También puede calificar si experimentó dificultades como resultado de COVID-19, que incluyen pero no se limitan a:

  • Le han diagnosticado o está experimentando síntomas de COVID-19 y está buscando un diagnóstico médico;

  • Usted está brindando atención a un miembro de la familia o un miembro de su hogar que ha sido diagnosticado con COVID-19;

  • Su hijo u otra persona para la cual usted es el cuidador principal no puede asistir a la escuela debido a la pandemia de COVID-19, y usted no puede trabajar debido a sus responsabilidades de cuidado de niños;

  • No puede llegar a su lugar de trabajo porque un proveedor de atención médica le ha aconsejado que se aísle o se ponga en cuarentena porque es positivo o puede haber estado expuesto a alguien que tiene o se sospecha que tiene COVID-19;

  • Se ha convertido en el sostén de la familia/partidario principal de un hogar porque el jefe de su hogar ha muerto como resultado directo de COVID-19;

  • Su lugar de trabajo está cerrado como resultado directo de la pandemia de COVID-19.

Un aumento de $ 600.00 / semana de la Compensación por desempleo pandémico (PUC) se agregará automáticamente a los beneficios de la PUA, si corresponde, hasta el 31 de julio.

 La compensación por desempleo de emergencia pandémica (PEUC) estará disponible durante todo el año 2020. Las últimas 13 semanas son para trabajadores que agotan los beneficios estatales de UI y mantendrán el mismo nivel de beneficios que la UI estatal.

Consulte el sitio web del Departamento de Trabajo de Nueva York aquí para obtener una lista completa de calificaciones y orientación sobre cómo presentar una solicitud.

3. HAY OPCIONES DE PAGO DISPONIBLES PARA PERSONAS QUE DEBEN TENER UN PERMISO DE TRABAJO POR COVID-19.

La Ley de respuesta al primer coronavirus de Families brinda ayuda a los trabajadores que tienen que retirarse del trabajo por razones relacionadas con COVID-19. Este beneficio estará disponible para el resto de 2020.

La Ley requiere que los empleadores calificados paguen a los empleados el 100% de lo que habrían hecho por 80 horas de trabajo si no pueden trabajar porque (1) están enfermos con el coronavirus o (2) están en cuarentena de acuerdo con las pautas gubernamentales.

La ley también busca ayudar a los trabajadores que tienen que tomar una licencia para cuidar a sus familiares. Los trabajadores son elegibles para dos tercios de lo que habrían hecho por 80 horas de trabajo si no pudieran trabajar porque (1) están cuidando a miembros de la familia enfermos con el coronavirus o en cuarentena de acuerdo con las pautas gubernamentales; o (2) brindan cuidado de niños a niños cuyas instalaciones de cuidado de niños o escuelas cerraron debido a COVID-19.

Se excluyen las grandes empresas con más de 500 empleados. Según el DOL, "las pequeñas empresas con menos de 50 empleados pueden calificar para la exención del requisito de proporcionar licencia debido al cierre de la escuela o la falta de disponibilidad de cuidado infantil si los requisitos de licencia pondrían en peligro la viabilidad del negocio como una empresa en marcha".

Los empleados que han trabajado durante más de 30 días califican para 10 semanas adicionales de vacaciones pagadas a dos tercios de su tarifa regular por razones de cuidado de niños. Tenga en cuenta que esta opción no está disponible solo si el proveedor de cuidado infantil o la escuela del niño permanece cerrado.

Todos los empleados están cubiertos por la Ley de respuesta al coronavirus de Families First, independientemente del estado de inmigración.

Este artículo fue escrito por DeYan McCarthy y Lucy Nuttall.

Derechos de los Trabajadores: Protecciones Laborales Críticas Para los Trabajadores Inmigrantes Durante la Pandemia de COVID-19

LOS TRABAJADORES INMIGRANTES TIENEN EL DERECHO DE TRABAJAR EN UN ENTORNO SEGURO BAJO LAS DIRECTRICES DE OSHA

La misión de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) es "garantizar condiciones de trabajo seguras y saludables para hombres y mujeres que trabajan, estableciendo y haciendo cumplir las normas y proporcionando capacitación, divulgación, educación y asistencia". Según la Ley OSH de 1970, OSHA hace cumplir varias pautas relacionadas con la salud y la seguridad para garantizar que los empleados puedan trabajar en un ambiente seguro y saludable.

 Si bien OSHA no ha publicado pautas específicas para COVID-19, tiene pautas de salud existentes que requieren acceso a agua corriente y jabón de manos. Los trabajadores que están a alto riesgo de peligro inminente, incluidos los trabajadores de la salud, se consideran prioridades para la inspección.

 Las normas de seguridad se aplican a todos, independientemente del estado de inmigración.

Un trabajador que está experimentando una violación de seguridad puede presentar una queja ante OSHA por teléfono o en su sitio web. Todas las quejas pueden presentarse de forma anónima y no solicitar el estado de inmigración. Los trabajadores están protegidos de ser despedidos o maltratados si se quejaron ante OSHA. Por ejemplo, un empleador que amenaza con llamar a I.C.E. porque un trabajador presentó una queja de OSHA está violando la ley.

Debe asegurarse de presentar su queja dentro de los 30 días posteriores a la violación. 

USO DE LA ACCIÓN COLECTIVA PARA MEJORAR LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL LUGAR DE TRABAJO

La Sección 7 de la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA) protege el derecho de los empleados a participar en "actividades concertadas [...] para ayuda y protección mutuas". O sea, los empleados pueden hablar con sus compañeros de trabajo sobre salarios o condiciones de trabajo, hacer circular una petición o convocar una huelga.

La NLRA cubre a los trabajadores del sector privado, pero no cubre a los trabajadores agrícolas, los trabajadores del servicio doméstico, los trabajadores de ferrocarriles y líneas aéreas, supervisors/jefes y contratistas independientes.

La Sección 502 de la Ley de Relaciones Laborales (LMRA) protege a los trabajadores de ser despedidos si un empleado deja de trabajar debido a un peligro inmediato derivado de condiciones de trabajo anormalmente inseguras. Esto no se considera una huelga.